Zona de Ocio > Seguridad Vial y temas interesantes
VISIBILIDAD EN EL VEHICULO
Kio:
ARTICULO 19
NORMA: CIR; ARTICULO: 19; APARTADO; 1; OPCION;2A.
Conducir un vehiculo cuya superficie acristalada no permite a su conductor la visibilidad diáfana de la via por la colocación de láminas adhesivos, cortinillas u otros elemnetos no autorizados.
SANCION: 150 euros (105 euros con el 30% de descuento)
PD: En el caso de llevar el vehículo láminas adhesivas homologadas en las ventanillas laterales traseras y posterior, deberá llevar los DOS espejos retrovisores exteriores. En su caso se denunciará por no llevar los espejos retrovisores reglamentarios en el artículo 11 del Reglamento de Vehículos.
Saludos
lama:
Lo que no entiendo porque hay cristales homologados para llevar la franja superior en la parte delantera y otros no, ayuda bastante llevarlo, al menos a mi en mi otro coche viene de serie y sinceramente me ayuda bastante, ya que no tengo que bajar el parasol, que esi si que es opaco y no se ve por ello.
MINOSS97:
Yo no termino de entender, porque no so válidas las \"franjas\" adhesivas taslucidas que se ponen en la parte superior del parabrisas para evitar el deslumbramiento, más aún cuando el argumento de su invalidez es porque dificultan la visión.
Y digo yo.. cuantas veces vamos mirando hacia lo más alto del parabrisas... acaso vamos siguiendo gorriones a modo de GPS:nose:
lama:
No, lo que pasa que lo hacen para que no mires los GPS, que se que a algunos les tarda mucho en coger satelites y los buscan con la mirada
Kio:
--- Citar ---
lama escribió:
No, lo que pasa que lo hacen para que no mires los GPS, que se que a algunos les tarda mucho en coger satelites y los buscan con la mirada
--- Fin de la cita ---
:cafe: Yo tampoco lo se, lo que si es cierto es que no intentes pasar la ITV con ellas porque te la hacen quitar.
Saludos
Navegación
[#] Página Siguiente
Ir a la versión completa