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Zona de Ocio > Seguridad Vial y temas interesantes

Utilización en su justa medida de las luces antiniebla

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RAFAEL1946:
Os paso a informar de un tema interesante, leido en la revista Auto Bild, que la mayoría de los conductores las usan indebidamente, bueno aquí os lo indico:
                                                       Antiniebla                   Antiniebla
       Climatología                             Delantera                     Trasera
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Lluvia                                              Prohibida                     Prohibida
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Lluvia intensa                                 Opcional                      Prohibida
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Niebla                                             Opcional                      Prohibida
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Niebla densa                                  Opcional                      Obligatoria
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Nevada                                           Opcional                      Prohibida
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Fuerte nevada                                Opcional                      Obligatoria
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Nubes de polvo o humo                  Opcional                      Prohibida
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Nubes densas de polvo o humo     Opcional                      Obligatoria
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Espero os sea útil, pienso que es algo a llevar anotado o el último recurso es aprenderlo de memoria. Pero daros cuenta cuantos conductores abusan de las antinieblas no cumpliendo las normas y deslumbrando a los que vienen detrás pues las luces antiniebla tienen una elevada potencia. Así pues utilizarlas según indica el cuadro adjunto, saludos y muy buenos días y a los que se vayan de puente que os lo paséis muy bien y gasteis lo necesario, es un decir.

Rafael
 :ok: :pray:

MINOSS97:
Pues no me parecen demasiado acertadas estas medidas:

Con niebla la antiniebla trasera prohibida??

Con lluvia intensa antinieblas delanteros opcionales y traseros prohibidos??..., cuando dependiendo del asfalto que pises el antiniebla trasero es necesario debido al spray que suelta el coche al pasar.

Tampoco indica que en carreteras estrechas, tipo puertos de montaña creo es obligatorio para iluminar mayor superficie de asfalto sobre todo en las curvas.

Lo dicho, no me parece tan acertada esta tabla.

lama:
Esta permitido usarlas de cuneteros, articulo 106 parrafo 2

En lluvia intensa la trasera se debe llevar:
La luz antiniebla trasera solo deberá llevarse encendida cuando las condiciones meteorológicas o ambientales sean especialmente desfavorables, como en caso de niebla espesa, lluvia muy intensa, fuerte nevada o nubes densas de polvo o humo

Avensito:
Como casi todo lo que se hace al volante de un coche, es cosa de sentido común.

El problema está en esos que llevan los antinieblas en cualquier situación, que los llevan puestos de noche hasta en autovías con buena visibilidad. Por los modelos de coches y los conductores que lo hacen tengo la opinión de que son los típicos macarrillas que son un peligro al volante y parecen querer advertirnos de ello.

MINOSS97 en puertos de montaña no es obligatorio. Se puede usar según el párrafo siguiente del artículo que nos indica lama:

"La luz antiniebla delantera sólo podrá utilizarse en dichos casos (niebla, lluvia intensa, nevada, nubes de humo o polvo,) o en tramos de vías estrechas con muchas curvas, entendiéndose por tales las que, teniendo una calzada de 6,50 metros de anchura o inferior, estén señalizadas con señales que indiquen una sucesión de curvas próximas entre sí, reguladas en el artículo 149."

CoLeMaN:

--- Cita de: Avensito en Noviembre 08, 2013, 09:57:08 am ---Como casi todo lo que se hace al volante de un coche, es cosa de sentido común.

El problema está en esos que llevan los antinieblas en cualquier situación, que los llevan puestos de noche hasta en autovías con buena visibilidad. Por los modelos de coches y los conductores que lo hacen tengo la opinión de que son los típicos macarrillas que son un peligro al volante y parecen querer advertirnos de ello.

MINOSS97 en puertos de montaña no es obligatorio. Se puede usar según el párrafo siguiente del artículo que nos indica lama:

"La luz antiniebla delantera sólo podrá utilizarse en dichos casos (niebla, lluvia intensa, nevada, nubes de humo o polvo,) o en tramos de vías estrechas con muchas curvas, entendiéndose por tales las que, teniendo una calzada de 6,50 metros de anchura o inferior, estén señalizadas con señales que indiquen una sucesión de curvas próximas entre sí, reguladas en el artículo 149."

--- Fin de la cita ---

Pues a mi me molestan más los antinieblas traseros que los delanteros, y aquí no hay patrón para el tipo de usuario. Esa gente que ven tres motas de niebla y encienden todas las luces que tienen disponibles, y van jodiendo la pascua a todos los que vamos circulando detrás de ellos.

Saludos.

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